loading

Ley segunda oportunidad Cancelamos tus deudas.
Empieza de cero
Comenzar!Comenzar!
Termina con tus problemas de deudas de una forma legal y definitiva. La Ley de Segunda Oportunidad te lo permite. Comienza una nueva vida. Date una oportunidad
pop-image
NOSOTROS
Empresa especializada 100% en Ley de Segunda Oportunidad

Nuestra experiencia nos permite asesorarte de la manera más segura y con la primera consulta totalmente gratuita. Nuestros abogados crearán una estrategia personalizada para que tus deudas queden canceladas y puedas comenzar una nueva vida. Por nuestras manos han pasado más de 1.000 casos de los que se ha obtenido un 100% de éxito. Esta experiencia nos ha permitido desarrollar una sensibilidad especial con nuestros clientes y empatizar con su situación

"SOAN es la única empresa que además de financiar los costes del proceso, regala* a sus clientes hasta 4 cuotas por si hay meses con imprevistos para que puedan optar a esta Ley con menos preocupaciones que nunca"

Elisa Castillejo Vega.
Asesora y tramitadora de SOAN

Nuestros datos
Confía en nuestra experiencia

0
Asesoramiento
0
Casos terminados
0
Casos presentados
0 %
Éxito
Requisitos
¿Cuándo puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad??

01

No haberse acogido a la LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD en los últimos 5 años

La ley no permite que las personas que ya se acogieron a la ley en los últimos 5 años puedan volver a acogerse. Si tu caso es uno de ellos, debes esperar a que transcurra este plazo para que podamos volver a trabajar en tu caso.

card image
02

No tener antecedentes penales por delitos socio-económicos en los últimos 10 años

Esta Ley no permite acogerse a la ley a aquellas personas que hayan cometió un delito socio-económico durante los 10 años anteriores. Si te estás preguntando qué tipo de delitos son estos, te enumeramos algunos:
· El hurto, robo, extorsión, estafa, delitos contra la propiedad intelectual, blanqueo de capitales o sanciones graves y muy graves con SS y Hacienda

card image
03

Que las deudas no superen los 5.000.000 €

Todas las deudas menores de este importe son susceptibles de ser canceladas. Cuando el importe de las deudas acumuladas lleguen a 5.000.000 € no pueden acogerse a esta ley.

card image
Cómo acogerme
En 5 sencillos pasos

Cuotas gratis
¿Cómo puedo usar mis 4 cuotas gratuitas?

FAQ's
Preguntas frecuentes

01

¿Qué sucede si estoy casado/a.?

Si estás casado en gananciales lo recomendable es que el proceso se haga conjunto. Si estás casado en separación de bienes puedes acogerte a la Ley sin que la pareja se vea afectada.

02

¿Se cancelan las deudas para siempre?

Sí, aquellas deudas que el juez declare exoneradas lo son para siempre. Nadie puede reclamártelas.

03

¿Qué pasa con el ASNEF?

Pues que una vez que tenemos la sentencia definitiva, serás eliminado del fichero sobre las deudas exoneradas.

04

¿Qué pasa si tengo avalistas?

Los avalistas están al margen del proceso. Es decir, si tienes una deuda con un aval de una persona, la sentencia cancela tu deuda pero no de la responsabilidad de tu avalista. En ocasiones ha habido sentencias en las que el juez también los ha exonerado a ellos, pero eso es a criterio del juez.

05

¿Puedo perder mi vivienda?

Si la vivienda tiene una hipoteca igual o mayor que el precio de venta, no se perdería.

07

¿Se paralizan los embargos?

La ley protege al solicitante y los embargos quedan sin efectos mientras dure el proceso.

Testimonios
Nuestros clientes nos avalan

Contacto
¿En qué podemos ayudarte?

    map
    map-image
    map-image
    map-image
    map-image
    map-image
    map-image
    Abrir chat
    ¿En qué te podemos ayudar?
    Hola
    ¿En qué te podemos ayudar?